jueves, 17 de febrero de 2011

PRIMER CICLO ANUAL DE MUSICA EN BARILOCHE

 
El Departamento de Espectáculos de MUEBA invita a sumarse a los interesados en formar parte del primer ciclo de música en vivo a desarrollarse en Biblioteca Sarmiento y SUM de Dina Huapi durante el año 2011.

Para esto, es condición que todos los que participen, solistas o grupos musicales estén asociados.  

Para mas información y entrega de material, enviar correo electrónico a subcomisiondeproducciones@gmail.com adjuntando desarrollo breve del proyecto artístico, integrantes que lo conforman, rider general, 2 audios formato mp3, 3 fotos y 1 video (archivo mpg o link  You Tube, Vimeo, etc).
 
A los interesados les será enviado un mail informativo.

MUEBA

domingo, 13 de febrero de 2011

INSTRUCTIVO PARA PROTEGER LOS TEMAS Y COBRAR DERECHOS DE AUTOR.

Instructivo para proteger los temas y cobrar derechos de autor

  1. Registro de canciones a modo de propiedad intelectual más boletín de declaración (con derecho de autor) –esto identifica a las canciones-
  2. Inscripción como compositor. Tiene un costo de $76 por única vez.
  3. Cobro del derecho de autor correspondiente a cada cuatrimestre. Los derechos se perciben por la difusión de las canciones editadas o por las ejecuciones en vivo. Este paso tiene tres instancias. Declaración jurada de repertorio, inscripción como intérprete y así pasado de planillas de actuación)
  4. Para editar un disco en forma independiente. En caso de editar un disco hay que realizar, previamente, la declaración jurada fonomecánica correspondiente para poder percibir el cobro de los derechos de ejecución pública (este trámite implica primero el registro de las canciones y la inscripción como compositor).
1.-Registro de canciones
Existen 3 maneras de registrar las canciones: álbum, tema por tema u obra integral. El paso previo es la presentación del trámite ante Propiedad Intelectual, trámite que en Rosario se hace en la sucursal de Sadaic. La obtención de la propiedad intelectual, sin embargo, no es suficiente para cobrar los derechos de autor, para lo cual hay que continuar el trámite
  • Cuando uno va a editar un disco, la forma más rápida de proteger las canciones es registrándolas como Álbum. Esto no habilita al cobro de derecho de autor.
    Para realizar el trámite hay que presentar dos sobres, uno para letra y el otro para música. El sobre con la música contendrá un disco o cassette grabado con los temas que se quieren proteger. El sobre con las letras, las letras de los temas. Los sobres se presentan lacrados y firmados por los autores (letra) o compositores (música).
    Además de presentar los sobres hay que comprar un formulario verde ($16.-) de Propiedad Intelectual y sólo hay completar donde dice titulo el nombre del disco y aclarar entre paréntesis álbum (por ejemplo: La ventana (álbum)). Donde dice MúsicaLetra los datos del autor. También completar el recuadro de Género (como hay géneros que no son reconocidos por Sadaic, se recomienda ser bastante génerico: rock, pop, tango). No se completa nada más en este formulario.
    Al proteger una serie de canciones como álbum, todos los temas estarán protegidos por la misma fórmula de compositores, más allá de quién haya escrito cada canción.
    Esta protección tiene un plazo de 3 años y 30 días.
    completar los datos del compositor como titular y donde dice
  • Para registrar un tema y cobrar los derechos de autor hay dos maneras de hacerlo, en función de la cantidad de canciones que se vaya a registrar. La más habitual es la de registrarlo tema por tema. Para eso se debe comprar, por cada canción, un formulario verde de $ 16. Se completa colocando el nombre de la canción donde dice titulo y con los datosde quienes hicieron la música y la letra.
    El trámite sigue con la presentación de los sobres lacrados: uno con la letra y el otro con la música, que puede ser un cassette o cd grabado con la canción o una partitura con la melodía y el cifrado impresos. Ambos sobres y formularios son enviados al Registro de Propiedad Intelectual para su aprobación.
    En Rosario, el trámite continúa unos 15 días después, y recién entonces se anota el tema en Sadaic. Para ello se compra un Boletín de declaración de $ 1 en el que seescribe o imprime la melodía y armonía o cifrado americano, y la letra en la última pagina. En el frente van los mismos datos que en los formularios verdes. Se completa sólo el titulo, condición (original), duración, género, compositor, autor, DNI y firma y domicilio de cada autor y compositor. Registrar cada obra con derecho de autor sale $17 en total
  • Hay una tercera forma de registro de las canciones llamada Obra integral, la más conveniente y económica a la hora de registrar las canciones para un disco. Este trámite también garantiza el cobro de derecho de autor por cada una de las canciones y se hace por única vez. Así se pueden registrar dos o más canciones comprando una sola planilla verde ($16), siempre y cuando esas canciones tengan la misma fórmula de autores y compositores. (Ejemplo: un músico que haya compuesto diez canciones en su totalidad; o dos músicos donde uno hizo las diez letras y el otro las diez composiciones musicales; o dos o más músicos que compartan una composición en porcentajes constantes (por ejemplo: en un dúo, uno de ellos tendrá el 30% de todas las letras y la música, mientras que el otro tiene el 70% de todas las letras y la música, etcétera).
Cada obra integral se registra de la siguiente manera:
  1. Comprar un formulario verde para registrar todas las canciones que compongan la obra. Primero se hace el registro de propiedad intelectual detallado más arriba, pero en vez de la palabra “álbum” se pone “obra integral”, también entre paréntesis. Se recomienda que el título de la obra no coincida con el de ninguna canción.
  2. Luego hay que comprar tantos boletines de declaración de Sadaic como temas contenga la obra, es decir un boletín de $1 por canción. En la primera página de cada boletín se completarán los datos personales y el título de la canción. En la segunda página, se transcribirá la línea melódica con una simple armonización y en la última página se escribirá la letra en verso.
  3. Para completar la obra integral se utiliza otro boletín más, en el que se pondrán los datos personales, se pondrá el mismo título que en la planilla de propiedad intelectual y, en su costado derecho, también se escribe entre paréntesis “Obra Integral”. En la página siguiente, se debe identificar cada uno de los títulos de las diez canciones a registrar. Debajo de cada uno de estos títulos se transcribirán los primeros cuatro compases de la línea melódica de cada canción. Y en la última página se procederá de igual forma con la letra: se identificará cada título y debajo las dos primeras líneas de cada canción.

    Es muy importante que se respete el orden seguido en cada una de las canciones que se registran (que sea el mismo para la música y la letra). En caso de ser varias fórmulas de compositores/autores se realizará una Obra Integral por cada una de éstas.
2.- Inscripción como compositor
Una vez registradas las canciones, recién entonces cada autor y compositor se pueden inscribir como socios de Sadaic para poder cobrar los derechos de autor. Para ello hay que pagar $76.- por única vez. Los fondos de derecho de autor se pagan cada 4 meses.


3.- Cobro del derecho de autor
Los derechos se perciben por el uso o difusión mediática de las canciones editadas o por las ejecuciones en vivo, para lo cual es necesario que el compositor esté censado como intérprete. Este paso tiene tres instancias. Declaración jurada de repertorio, inscripción como intérprete y el pasado de planillas de actuación. Todos estos trámites pueden hacerse en Sadaic Rosario.
  • La obtención del carné de intérprete la puede hacer un solo músico, tanto si es solista como integrante de una banda. En este caso, el músico se inscribe en representación del grupo para pasar las planillas de actuación. Para poder registrarse como intérprete hay que tener al menos una canción registrada con derecho de autor en Sadaic. El trámite es gratuito. Hay que llevar DNI y fotocopia, aviso o recorte donde figure una actuación bajo el nombre de fantasía de la banda (puede ser un recorte de diario, la impresión de una agenda de una página de internet, e incluso aceptan afiches y volantes de un show).
  • Junto con la inscripción se debe declarar el repertorio fijo (hasta 15 canciones, que son las obras que generalmente se tocan en vivo) y el alternado. Para hacerlo es requisito tener obras registradas en Sadaic y sólo pueden incluirse temas registrados con derecho de autor. El repertorio puede modificarse cada cuatro meses o dejarlo como está. En el repertorio fijo deben incluirse las obras más
  • Con ambos trámites realizados, uno ya está en condiciones de pasar las planillas de actuación, que permite determinar por cuáles canciones fueron tocadas en el show por el cual Sadaic cobró un monto determinado. Es que los lugares donde habitualmente hay músic en vivo pagan un fijo por mes a Sadaic. El lugar indica qué grupos se presentaron y esto cruzado con la planilla que presenta el músico identifica el derecho de autor que le corresponde a compositor.

    Luego de la actuación y hasta 30 días después, quien está inscripto como Intérprete va a estar autorizado para completar la Planilla de Actuación que contendrá una serie de datos como: nombre y dirección del lugar donde se actuó, quién organizó el espectáculo, horario de la actuación, etc. Es muy importante que luego de tocar se tome nota de todo lo que exige la planilla para así ir con todos los datos a Sadaic.

    Si no se indican las obras que se interpretaron en el show se liquidará sobre las declaradas en el repertorio fijo, que puede corregirse cada cuatro meses.
4.- Para editar un disco en forma independiente.
En caso de editar un disco independiente en forma profesional (es decir a través de una fábrica replicadora y no duplicadora) hay que realizar, previamente, la declaración jurada fonomecánica correspondiente para poder percibir el cobro de los derechos de ejecución pública.
Este trámite implica primero el registro de las canciones y la inscripción como compositor. Luego, antes de editar el disco, es obligatoria la Declaración Jurada Fonomecánica en Sadaic. En este trámite, el último paso es el de la firma de los papeles en calidad de productor fonográfico, ya que en un disco independiente ese rol corresponde al músico (o quien represente a la banda). Esto implica un derecho por cobrar, el de ejecución pública, que en definitiva es el reintegro de lo que se paga para editarlo profesionalmente. Para el pago, el trámite se puede hacer en Sadaic Rosario, pero para el cobro hay que ir –por el momento—a la sede de Capif en Capital Federal. Para poder cobrar este fondo hay que comunicarse con Fernanda en CAPIF (011-4326-6464) y mandar por fax (o llevar) la Declaración Jurada Fonomecánica realizada. También hay que registrar la produccion llevando 3 ejemplares del titulo editado y comprar un formulario de propiedad intelectual de $30.-